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A continuación, por su importancia finalista,
se transcribe el Título Preliminar Constitutivo. El articulado
restante de los Estatutos puede consultarse personalmente por los
interesados en la Sede social del Partido Balear en Palma de Mallorca.
ESTATUTOS
PARTIDO BALEAR
PARTIT BALÉÀ
TITULO
PRELIMINAR
ARTICULO 1
PARTIDO BALEAR, es un partido
político eminentemente balear, regionalista, independiente
y conservador, que se organiza sobre el área del territorio
de la Comunidad Balear.
ARTICULO 2
PARTIDO BALEAR, está
constituido por todos los españoles residentes, mayores de
edad, que acepten los principios programáticos aprobados
por sus congresos, la disciplina de sus órganos, el contenido
de estos estatutos y que hayan sido admitidos como afiliados.
ARTICULO 3
La siglas del PARTIDO BALEAR son PB(M).
ARTICULO 4
PARTIDO BALEAR se estructura y organiza sobre los principios de
democracia interna de disciplina de partido, de dirección
política elegida directamente por las bases y de participación
en las decisiones del partido.
ARTICULO 5
PB(M). Podrá establecer vínculos de colaboración
electoral y de cualquier otro tipo, mediante federación,
coalición u otros medios autorizados por ley, con otros partidos,
siempre que lo autorice el consejo político.
ARTICULO 6
PB(M)., tiene su sede social, en Palma de Mallorca, calle Capitán
Vila, nº 32, 5º 1º. Esa sede podrá trasladarse,
así como establecer otras delegaciones, dependencias, u oficinas
que considere necesarias, para la actividad del partido, sin precisar
modificación estatutaria.
ARTICULO 7
Los fines principales por los que se forma PB(M). son los siguientes:
a) Defensa, protección y divulgación de la cultura
(lengua, historia y costumbres) de Baleares.
b) Reivindicación de la máxima capacidad de autogobierno
para Baleares, como comunidad Historia que es, dentro de la unidad
y solidaridad con el resto de los pueblos que integran el REINO
DE ESPAÑA.
c) Potenciación de las instituciones autonómicas e
insulares, en el marco de la Constitución Española
y del Estatuto de Autonomía, tanto en el aspecto competencial
como desde los puntos de vista institucional y financiero.
d) Defensa y potenciación de la autonomía local.
e) Fomentar la cooperación política, económica,
social y cultural del Pueblo Balear.
f) Defensa y profundización de la democracia como estado
social y de derecho.
g) Consecución, a través de la acción política,
de una sociedad interclasista e integrada desde los valores irrenunciables
de justicia, libertad, igualdad y solidaridad.
h) Promover un progreso socio-económico sostenido, así
como la mejora de la calidad de vida de los habitantes de las Islas
Baleares. En concreto, crear trabajo, riqueza y bienestar para todos,
en el marco de una economía libre de mercado.
i) Potenciación de todas aquellas actividades, marcos legales
e iniciativas tendentes a favorecer el desarrollo personal, económico,
cultural y social de las personas que habitan en Baleares.
j) Desarrollar los principios contenidos en las declaraciones programáticas
aprobadas en los Congresos de PB (M).
k) El partido participará en las instituciones representativas
de carácter político, mediante la formulación
de programas y la representación y apoyo de candidatos en
las correspondientes Elecciones.
l) El símbolo del partido lo constituye un círculo
en cuyo interior figura un murciélago (Rata Pinyada), en
color negro con las alas extendidas, sobre las cuales y en su parte
inferior se han superpuesto las siglas PB en mayúsculas y
en rojo; a continuación de estas y a menor tamaño
y entre paréntesis figura la letra M mayúscula, igualmente
en rojo, en referencia a Mallorca; en la parte inferior interna
del círculo y con forma semicircular perfilando el mismo
el nombre del partido y en mayúsculas el nombre del partido
"PARTIDO BALEAR" en letras
rojas.
El Registro de Entrada del Partido Balear en la Dirección
General de Política Interior, Registro de Partidos Políticos,
se produjo en fecha 4 de enero de 2005, nº 4. Así mismo,
consta inscrito el Partido Balear en el índice de entidades
jurídicas del Ministerio de Economía y Hacienda.
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